Inscripción, reinscripción, modificación de datos y cese de la inscripción

9134444 - ¿Quiénes componen los "Registros Especiales Aduaneros"?
Fecha de publicación: 12/04/2024

Los Registros Especiales Aduaneros estarán compuestos por los “Operadores del Comercio Exterior” que comprende a los Agentes de Transporte Aduanero, apoderados generales y dependientes y los otros sujetos comprendidos en el Título IV de la Sección I de la Ley N° 22.415 y sus modificaciones.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09 y modificatorias
16080817 - ¿Cómo se toma conocimiento de la denegatoria de la solicitud de inscripción?
Fecha de publicación: 12/04/2024

El interesado tomará conocimiento de la resolución denegatoria de su solicitud de inscripción y de sus fundamentos, mediante la opción “Registros Especiales - Consulta de Datos Aduaneros” del servicio web “Sistema Registral”. La constancia de denegatoria podrá ser impresa por el sujeto mediante su equipamiento informático.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09 y modificatorias
16083159 - ¿Cuál es el procedimiento para informar la modificación de datos?
Fecha de publicación: 11/10/2012

Para modificar los datos informados se deberá presentar un nuevo formulario de declaración jurada Nº 420/R, dentro de los 15 días corridos de acontecida la misma, mediante el servicio "web" "Sistema Registral". En dicho formulario sólo se consignarán los datos que se sustituyen.

Cuando haya sido gestionada una modificación referida a los componentes de una persona jurídica inscripta en los registros especiales aduaneros, se verificarán nuevamente los antecedentes en el Registro de Infractores y el área de control aduanero asignará el perfil de riesgo correspondiente.

  • Fuente: Art. 10 y Anexo I RG 2570/09
16085501 - ¿Cuál es el procedimiento para solicitar la cancelación de la inscripción?
Fecha de publicación: 11/10/2012

Para solicitar la cancelación de la inscripción se presentará el formulario de declaración jurada Nº 420/R, mediante el servicio "web" "Sistema Registral". A tal fin, se evaluará la existencia de los impedimentos legales dispuestos en la Sección I del Código Aduanero.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
16087843 - ¿Cuál es el procedimiento para solicitar la reinscripción?
Fecha de publicación: 11/10/2012

Los operadores del comercio exterior podrán reinscribirse en el registro especial aduanero, en los casos previstos en el Código Aduanero. A tal fin, deberán remitir el formulario de declaración jurada Nº 420/R mediante el servicio "web" "Sistema Registral".

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9141470 - Evento 2533 - ¿Cómo puedo realizar el seguimiento del trámite?
Fecha de publicación: 11/10/2012

El seguimiento del trámite se podrá efectuar ingresando en la opción "Registros Especiales - Consulta de Datos Aduaneros" del servicio "Web" "Sistema Registral".

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9155522 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Despachante de Aduanas?
Fecha de publicación: 27/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos particulares:

- Certificado de Capacitación (Título).

- Inscripción en la Inspección General de Justicia, o en su caso, en el organismo correspondiente.

- Acreditar la solvencia económica, excepto si constituye la Garantía a través del Fondo Común Solidario.

- Garantía de Actuación.

- Certificado de Antecedentes expedidos por autoridad policial o por el Registro Nacional de Reincidencia.

- Declaración Jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Art. 41 Apartado 2 inciso f) del Código Aduanero (Ley Nº 22.415)

- Constituir Domicilio Especial en las Aduanas en las que operará.

Aclaraciones: Mediante la gestión de autorizaciones electrónicas designarán a los apoderados y a los dependientes.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9157864 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Agente de Transporte Aduanero?
Fecha de publicación: 26/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto y huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el sistema de Comunicaciones y Notificaciones electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA).

Requisitos Particulares:

- Certificado de Capacitación (Título).

- Acreditar la solvencia económica, excepto si constituye la garantía a través del Fondo Común Solidario

- Garantía de Actuación

- Certificados de Antecedentes expedidos por autoridad policial o por el Registro Nacional de Reincidencia. Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus Directores, Administradores o socios ilimitadamente responsables.

- Declaración Jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Art. 58 Apartado 2 inciso e) del Código Aduanero (Ley 22.415).

- Constituir Domicilio Especial en las Aduanas en las que operará.

Aclaraciones: Mediante la gestión de autorizaciones electrónicas designarán a los apoderados y a los dependientes.

  • Fuente: Anexo I RG Nº 2570/09
9160206 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Operador de Contenedores?
Fecha de publicación: 13/09/2016

- Estar inscripto y habilitado como Agente de Transporte Aduanero (Ver ID 9157864).

- Garantía de Actuación.

- Registro de los datos inherentes a los contenedores operativos mediante el servicio "Web" "Registro de contenedores", con clave fiscal.

Aclaraciones:

- Mediante el servicio gestión de autorizaciones electrónicas designarán a los apoderados y a los dependientes.

- Estarán exceptuados de presentar garantía de actuación los operadores de contenedores que se encuentren inscriptos como Despachantes de Aduana y Agentes de Transporte Aduanero, cuando hayan constituido las garantías de actuación para ambas figuras, siempre que ellas estén habilitadas y vigentes.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
12125179 - ¿Cuales son los requisitos para inscribirse como Operador Logístico Seguro (OLS)?
Fecha de publicación: 11/10/2012

En forma previa a la inscripción en el Sistema Registral como "Operador Logístico Seguro" (OLS), los sujetos con roles de Agente de Transporte Aduanero, de Transportista (de transporte interior) y de Depositarios, deberán -en forma individual- inscribirse en los siguientes Registros Especiales:

- Agente de Transporte Aduanero OLS

- Estar inscripto y habilitado como Agente de Transporte Aduanero

- Garantías Adicionales (Artículo 6º de la RG 2665/09)

- Transportista de Transporte Interior OLS

- Garantías Adicionales (Artículo 6º de la RG 2665/09)

- Permisionario de Depósito Fiscal OLS

- Estar inscripto y habilitado como Permisionario de Depósito Fiscal

Luego de que cada sujeto esté habilitado, respectivamente, en los citados Registros Especiales, el Operador Logístico Seguro (OLS) deberá cumplir con los requisitos que se detallan a continuación:

- Estar inscripto y habilitado como:

- Agente de Transporte Aduanero OLS

- Transportista de Transporte Interior OLS

- Permisionario de Depósito Fiscal OLS

- Contrato de Adhesión al Sistema OLS A

Aclaraciones:

- El Administrador de Relaciones del OLS, deberá estar designado en el Contrato de Adhesión

- El Administrador de Relaciones deberá designar, mediante el aplicativo de autorizaciones electrónicas regulado por la RG 2449/08, a los agentes de transporte aduanero, transportistas y permisionarios de depósito fiscal de origen y destino que intervienen como Operador Logístico Seguro (OLS)

- El OLS ingresará al Sistema Registral mediante la asignación de un número especial de identificación otorgado por este Organismo. Su adhesión al "sistema OLS" y actuación están reguladas por lo establecido en la RG 2665/09.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
12122837 - ¿Cuales son los requisitos para inscribirse como Prestador de Servicios de Archivo y Digitalización (PSAD)?.
Fecha de publicación: 27/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos particulares:

- Solicitud de Habilitación.

- Aprobación de Habilitación.

- Declaración jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Art.94, Apartado 1, inc. d) del Código Aduanero. Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus directores, administradores o socios ilimitadamente responsables.

- Garantía en seguridad de la operatoria: importe mínimo de u$s 1.000.000. Su monto será determinado por este Organismo en función de la operatoria del Prestador de Servicios de Archivo y Digitalización (PSAD).

- Certificado de antecedentes expedido por autoridad policial o por el Registro Nacional de Reincidencia. Para las personas jurídicas dicho requisito se extiende a sus directores, administradores o socios ilimitadamente responsables

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
16090185 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirse como Operador del Régimen de Aduanas Domiciliarias?
Fecha de publicación: 27/06/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos particulares:

- Estar inscripto y habilitado como Importador/Exportador

- Estar inscripto y habilitado como Agente de Transporte Aduanero

- Estar inscripto y habilitado como Permisionario de Depósito Fiscal

- Constituir domicilio de radicación de la Aduana Domiciliaria

- Garantía de actuación para el Régimen de Aduanas Domiciliarias

- Habilitación en el Régimen de Aduana Domiciliaria (1)

Aclaraciones: (1) El Departamento Grandes Operadores, registrará en el Módulo Requisitos y Documentación del Sistema Registral, el acto resolutivo por el cual la Dirección General de Aduanas habilita al interesado en el Régimen de Aduanas Domiciliarias.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9164890 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Proveedor de a bordo?
Fecha de publicación: 13/09/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:


Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)


Requisitos particulares:

- Inscripción en la Inspección General de Justicia, o en su caso, en el organismo correspondiente para los comprendidos en los Grupos "A", "B" y "D" y título profesional para los incluidos en el Grupo "C", cuando corresponda (Ver ID 9162548 para conocer la clasificación de los Proveedores de a bordo).

- Declaración Jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Art. 58 Apartado 2 inciso e) del Código Aduanero (Ley Nº 22.415)

- Constituir Domicilio Especial en las Aduanas en las que operará.

Aclaración: Mediante la gestión de autorizaciones electrónicas designarán a las personas autorizadas.


  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9162548 - ¿Cómo se clasifican los Proveedores de a bordo?
Fecha de publicación: 11/10/2012

Los proveedores de a bordo se clasifican en los siguientes Grupos:

- Grupo A: Proveedores de comestibles, suministros de a bordo o provisiones del medio transportador.

- Grupo B: Proveedores de servicio de lavadero de ropa y las personas que porten muestrarios de mercaderías, catálogos, tarjetas y otros medios de publicidad, para interesar a los tripulantes en la compra de ellos mediante la concurrencia de éstos a casas de comercio.

- Grupo C: Profesionales, técnicos y aquellos que prestan algún servicio a bordo, como enfermeros, pedicuros, kinesiólogos, fotógrafos profesionales, radioelectricistas, peluqueros, vendedores de diarios y revistas y otras ocupaciones similares.

- Grupo D: Proveedores de combustibles y lubricantes al medio transportador.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9169574 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Permisionario de Depósitos Fiscales (incluidos los habilitados en terminales portuarias y aeroportuarias)?
Fecha de publicación: 13/09/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:


Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)


Requisitos particulares:

- Presentación de Actuación de la solicitud de habilitación del depósito.

- Declaración Jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Art. 94 Apartado 1 inciso d) del Código Aduanero. (Ley Nº 22415). Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus Directores, Administradores o socios ilimitadamente responsables.

- Constituir domicilio del depósito.

- Garantía del Depósito.

- Autorización del depósito por Aduana.

-No registrar deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas o de los recursos de la seguridad social.

- Acreditar la inscripción en la Inspección General de Justicia o ante la entidad local correspondiente, según la jurisdicción, en el caso de tratarse de personas jurídicas.

- Cuando los permisionarios de depósitos fiscales generales sean personas jurídicas, el objeto social deberá contemplar dicha actividad, la que deberá encontrarse declarada ante esta Administración Federal.

- Para los depósitos fiscales particulares, el permisionario deberá estar inscripto en los Registros Especiales Aduaneros como Importador / Exportador.


Aclaraciones: En la presentación de la solicitud de habilitación del depósito se deberá adjuntar los requisitos establecidos en la Resolución General 3871/16 y las constancias de inicio del trámite de alta y la declaración del domicilio del depósito por el sistema "Web".

Mediante la gestión de autorizaciones electrónicas designarán a las personas autorizadas.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9171916 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Apoderado de Despachante de Aduana y/o de Agente de Transporte Aduanero?
Fecha de publicación: 27/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos particulares:

- Certificado de Capacitación (Título).

- Constituir Domicilio Especial en las Aduanas en las que operará.

Aclaraciones: Estos sujetos podrán inscribirse también si se encuentran bajo relación de dependencia. En este caso no se considerará el requisito general de estar inscripto en impuesto alguno.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9174258 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Dependiente de Despachante de Aduana y/o de Agente de Transporte Aduanero?
Fecha de publicación: 13/09/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331).

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos Particulares:

- Constituir Domicilio Especial en las Aduanas en las que operará.

Aclaración: Estos sujetos podrán inscribirse también si se encuentran bajo relación de dependencia, en cuyo caso no se considerará el requisito general de estar inscripto en impuesto alguno.


  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9176600 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers?
Fecha de publicación: 24/08/2017

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331).

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros(SITA)

Requisitos Particulares:

-Estar inscripto y habilitado en el Registro Especial Aduanero como Prestador de Servicios Postales PSP/Couriers.

- Poseer un patrimonio neto igual o superior a $3.000.000, según los datos consignados en la última declaración jurada del impuesto a las ganancias.

-Garantía adicional: importe mínimo de U$S 2.000.000. Su monto será adecuado en orden a la operatoria anual. (*1)

-No registrar al momento de la presentación de la solicitud de adhesión deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

-Acreditar antigüedad en la actividad superior a 10años. (*2)

-Contar con depósitos habilitados para la consolidación o desconsolidación de la mercadería, las cuales deberán poseer:

a) Cámaras de seguridad conectadas al Centro único de monitoreo aduanero (CUMA). (*2)

b) Un sistema de seguridad electrónica de ingreso y egreso al sector, que opere sobre los datos biométricos de las personas autorizadas. (*2)

c) Un sistema de inspección no intrusivo por imágenes y de detección de narcóticos y explosivos para el control de la totalidad de las mercaderías, con guarda de las imágenes. (*2)

d) Balanza fiscal debidamente habilitada. (*2)

-Aprobación de habilitación como Prestador de servicios postales PSP/Couriers seguros (Prestador CUSE). (*2)

Aclaraciones:

(*1) La evaluación estará a cargo de la DGA

(*2) Requisito a habilitar por la DGA.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9178942 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Usuario Directo de Zona Franca?
Fecha de publicación: 27/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331).

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos Particulares:

- Estar inscripto como Importador / Exportador.

- Autorización del usuario por Aduana de Jurisdicción de Zona Franca.

- Constituir Domicilio Especial en las Aduanas en las que operará.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
16092527 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Exportador habilitado para operar desde planta (EXPL)?
Fecha de publicación: 27/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331).

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos Particulares:

- Estar inscripto y habilitado como Importador/Exportador

- Declarar el domicilio de la planta

- Autorización de la planta exportadora por la aduana de jurisdicción (1)

- Aprobación del esquema tecnológico sobre la solución de interacción con los sistemas de esta Administración Federal, por el área competente en el ámbito de la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones

Aclaraciones: (1) De cumplirse con la totalidad de los requisitos establecidos para la adhesión, las jefaturas del Departamento Operacional Aduanero en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas o de las Divisiones Aduana en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, según corresponda, deberán registrar la autorización en el Sistema Registral, indicando en el campo "NOTA" la referencia del acto administrativo correspondiente.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
16094869 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Operador del Régimen de Aduana en Factoría?
Fecha de publicación: 27/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos particulares:

- Estar inscripto y habilitado como Importador/Exportador (1)

- Estar inscripto y habilitado como Agente de Transporte Aduanero (1)

- Estar inscripto y habilitado como Permisionario de Depósito Fiscal (1)

- Constituir domicilio de asiento del Régimen de Aduana en Factoría (RAF).

- Garantía de actuación para el Régimen de Aduana en Factoría

- Habilitación en el Régimen de Aduana en Factoría (2)

Aclaraciones:

(1) Los sujetos que mantienen vigente su permanencia en el Régimen de Aduanas Domiciliarias están eximidos de repetir la presentación de estos elementos.

(2) El Departamento Grandes Operadores, registrará en el Módulo Requisitos y Documentación del Sistema Registral, el acto resolutivo por el cual la Dirección General de Aduanas habilita al operador en el Régimen de Aduana en Factoría.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
16097211 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros como Prestador ISTA?
Fecha de publicación: 27/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331).

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos Particulares:

- Certificado de Cumplimiento Fiscal (1)

- Homologación de WS con el SIM (2)

- Homologación de WS para el monitoreo desde el CUMA (3)

- Verificación y Aprobación del stock de PEMA (4)

- Aprobación Final del Prestador ISTA (5)

Aclaración:

1) Requisito a validar en el Sistema Registral por la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros.

2) Requisito a validar en el Sistema Registral por la Dirección de Informática Aduanera.

3) Requisito a validar en el Sistema Registral por la Dirección de InfraestructuraTecnología.

4) Requisito a validar en el Sistema Registral por la Subdirección General de Control Aduanero. Los prestadores deberán disponer de un stock mínimo de 50 PEMA para operaciones de Traslado y de 100 PEMA para operaciones de Tránsito.

5) Requisito a validar en el Sistema Registral por la Subdirección General de Control Aduanero.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
16099553 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros Prestador de Servicio de Escaneo (PESE)?
Fecha de publicación: 27/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos particulares:

- Aprobación de la habilitación. (1)

- Declaración jurada manifestando no estar comprendido en los supuestos del Artículo 94, Apartado 1, inciso d) del Código Aduanero. Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus directores, administradores o socios ilimitadamente responsables.

- Garantía en seguridad de la operatoria: importe mínimo de U$S 1.000.000. Dicho monto será actualizado por este Organismo en función de la operatoria anual del PESE.

- Certificado de antecedentes expedido por autoridad policial o por el Registro Nacional de Reincidencia. Para las personas jurídicas el requisito se extiende a sus directores, administradores o socios ilimitadamente responsables.

Aclaración: (1) La Subdirección General de Control Aduanero será el área encargada de validar en el Sistema Registral el requisito de aprobación de la habilitación del prestador.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
16101895 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros - Registro de Exportadores de Carbón Vegetal (RECAR)?
Fecha de publicación: 27/05/2016

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos Generales:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto, huella dactilar y documento de identidad registrados digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA)

- Poseer el alta en el Sistema Informático de trámites Aduaneros (SITA)

Requisitos particulares:

- Estar inscriptos y habilitados como importadores/exportadores.

- Constituir garantía de actuación, a satisfacción de esta Administración Federal. (1).

- No registrar deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas, aduaneras o de los recursos de la seguridad social.

- Habilitación en el Registro Especial por la Subdirección General de Control Aduanero.

Aclaraciones: (1) Quedan exceptuados del requisito de garantía los operadores que acrediten una solvencia económica no inferior a $1.000.000, calculada a través de sus ventas brutas o de su patrimonio neto.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
16104237 - ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme en los Registros Especiales Aduaneros - Registro de Operadores de Soja Autorizado (ROSA)?
Fecha de publicación: 11/10/2012

Para la inscripción y permanencia en el "Registro Especial Aduanero" deberán cumplir con los siguientes requisitos:

- Poseer el alta en los Impuestos al Valor Agregado y/o a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), de corresponder.

- No encontrarse en estado de falencia.

- No encontrarse concursado.

- Tener firma, foto y huella dactilar registrada digitalmente en el "Sistema Registral".

- No registrar antecedentes en el Registro de Infractores (en el caso de personas jurídicas este requisito alcanza a los componentes de la misma).

- Para las personas jurídicas, tener declarados los socios y los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en ejercicio, según el tipo societario que se trate (Ver consulta ID 11085331)

- Tener firma, foto y huella dactilar registrada digitalmente en el "Sistema Registral".

- Estar inscripto y habilitado como Importador/Exportador (1)

- Estar inscripto y habilitado en el "Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas" (1)

- No registrar deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas, aduaneras o de los recursos de la seguridad social (1)

- Haber presentado la totalidad de las declaraciones juradas por las que resulte obligado correspondientes a los períodos no prescriptos de los impuestos en los que se encuentra inscripto (1)

- Poseer capacidad instalada propia para el procesamiento industrial (2)

- Tener una situación financiera de comprobada solvencia (2)

- Mantener o incrementar la planta de personal afectada al procesamiento de porotos de soja, tomando como referencia el número máximo de trabajadores afectados a dichas tareas en el año 2011 (2)

- Habilitación en el Registro de Operadores de Soja Autorizados (ROSA) por la Unidad Ejecutiva Interdisciplinaria de Monitoreo (2)

Aclaraciones: Áreas que intervienen en la aprobación del requisito: (1) Administración Federal de Ingresos Públicos (2) Unidad Ejecutiva Interdisciplinaria de Monitoreo. El registro en el Sistema Registral lo realizará la Subdirección General de Control Aduanero, de acuerdo con las actas de la citada unidad.

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
9139128 - ¿Qué requisitos debe cumplir la documentación respaldatoria a presentar?
Fecha de publicación: 10/03/2009

Las fotocopias de la documentación respaldatoria que corresponda adjuntar a las presentaciones que efectúen las personas físicas o representantes legales de personas físicas o jurídicas, deberán encontrarse certificadas por escribano público y colegio respectivo jurisdiccional.

Dicha presentación podrá ser realizada por terceras personas, debidamente autorizadas a través de la herramienta informática denominada "Gestión de Autorizaciones Electrónicas".

También podrá utilizarse el formulario de declaración jurada Nº 3283 suscripto por el responsable que solicite la inscripción, debiendo contar con la firma certificada por escribano público, o en su defecto podrá ser firmado en presencia de un funcionario de AFIP, que actuará como autoridad certificante.

De tratarse de documentos de identidad de personas físicas, los mismos serán escaneados y no se requerirán fotocopias certificadas de ellos.

NOTA: En caso de realizar el trámite en vistas a la inscripción como operador de comercio exterior, no podrá utilizar el servicio "Gestión de Autorizaciones Electrónicas", ya que para ello debe estar habilitado como tal en los registros especiales aduaneros.

  • Fuente: Art. 19 RG 2570/09
9202362 - ¿Seguirán siendo válidas las credenciales de los Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero, sus Apoderados generales y dependientes y demás sujetos?
Fecha de publicación: 11/03/2009

A partir del día 1/6/09 caducará la vigencia de todas aquellas credenciales que tengan en su poder los apoderados, dependientes y otros autorizados comprendidos dentro del aplicativo de autorizaciones electrónicas.

El servicio aduanero, a los fines de constatar la identidad de estos sujetos, verificará el otorgamiento, aceptación y revocación de autorizaciones generales o especiales electrónicas, que le permiten a la persona realizar trámites y diligencias relativos a la importación, la exportación y demás operaciones aduaneras.

  • Fuente: Anexo RG 2570/09
11085331 - Evento 2648 - ERROR 31: "Para iniciar el trámite deberá declarar, previamente, los integrantes en la dependencia en la cual se encuentra inscripto"
Fecha de publicación: 27/10/2017

Para solucionar el error, se deberá presentar el Formulario 460/J en la Dependencia de AFIP en la que se encuentre inscripto el contribuyente, declarando correctamente las autoridades de la persona jurídica. Se deberá adjuntar el original y una copia del contrato o estatuto social y acta de distribución de autoridades.

Asimismo, en el manual del usuario del aplicativo Módulo de Inscripción de Personas Jurídicas (Ver "Cuadro de componentes obligatorios") se establecen las autoridades mínimas a informar para cada tipo societario, ejemplo: En el caso de una SA deberá tener informado como mínimo un Presidente y dos accionistas; en caso de ser una S.R.L., un Gerente y dos socios.

Para visualizar cómo se encuentran informados actualmente, se podrá ingresar en el servicio con clave fiscal "Sistema Registral", menú "Consulta" > opción "Datos Registrales". En el margen superior se podrá desplegar la solapa "Mas información" donde se deberá elegir las opciones "Relaciones con otras CUIT" y luego "Relaciones con otras CUIT".

  • Fuente: AFIP
9195336 - ¿Cómo se realizará la actualización permanente a los Auxiliares del Comercio y del Servicio Aduanero, sus apoderados generales y dependientes y los otros sujetos?
Fecha de publicación: 11/03/2009

Los sujetos inscriptos en los "Registros Especiales Aduaneros" serán evaluados por AFIP en forma automática, objetiva y en función de la información que posee en sus bases de datos y serán ubicados en los siguientes grupos de "Estado de Situación":

a) Grupo "A": Sujetos que no se encuentren inscriptos en los impuestos al valor agregado, a las ganancias o en el Régimen Simplificado, según corresponda.

b) Grupo "B": Sujetos que no hayan registrado destinaciones u operaciones aduaneras informáticamente en los últimos 24 meses.

c) Grupo "C": Sujetos con domicilio inexistente o desconocido.

Las evaluaciones se efectuarán en forma permanente cuando se trate de los "Estado de Situación" Grupo "A" y "C" y durante el primer fin de semana del mes de enero de cada año para el "Estado de Situación" Grupo "B".

Para los sujetos que, de acuerdo con el procedimiento descripto, sean ubicados en los grupos:

- "A" o "B": Su inscripción registral caducará a partir de las 0:00 hs. del día inmediato posterior al de la evaluación.

- "C": Los sujetos no podrán efectuar registraciones a partir de las 0:00 hs. del día hábil inmediato posterior al de la evaluación.

Para recuperar o regularizar su inscripción registral deberán cumplir con los requisitos que se indican seguidamente:

a) Grupo "A": Regularizar su situación tributaria y solicitar una nueva inscripción en el "Registro Especial" correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.

b) Grupo "B": Solicitar una nueva inscripción en el "Registro Especial" correspondiente, de acuerdo con las normas vigentes.

c) Grupo "C": Regularizar el domicilio fiscal declarado.

Vigencia: A partir del 1/04/09

  • Fuente: Anexo I RG 2570/09
12607631 - Evento 2462 - ¿Cuáles son los pasos a seguir para la constitución del Domicilio Especial Aduanero?
Fecha de publicación: 10/03/2010

Los pasos a seguir para la constitución del Domicilio Especial Aduanero son los siguientes:

1.- Se deberá ingresar al Servicio Web "Sistema Registral". Al mismo se accederá a través de la página Web de la AFIP (www.afip.gob.ar) mediante la utilización de Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3.

2. Ingresar al Servicio "Sistema Registral" y dentro del Menú "Registros Especiales" seleccionar la Opción "F 420/D Declaración de Domicilios".

3.- Seleccionar el vínculo "Crear Nuevo Domicilio" y completar los datos del domicilio a declarar requeridos por el sistema (recuerde seleccionar en campo "tipo de domicilio" "Especial aduanero" o "Locales y Establecimientos", según corresponda).

4.- De no detectarse inconvenientes, el sistema emitirá como constancia de la Registración del Domicilio, el Formulario F 420/D, registrando el domicilio con el estado "Declarado por Internet". Caso contrario el sistema arrojará el mensaje de error correspondiente.

5.- Debe asociar el Domicilio Especial Aduanero a la Aduana o las Aduanas a través de las cuales va a operar, ingresando al "Sistema Registral" y dentro del Menú "Registros Especiales" seleccionar la Opción "F 420/R Declaración de Aduanas".

6.- Deberá seleccionar el tipo de Operador, la Aduana en la cual va a operar (de no encontrar la Aduana dentro del recuadro "Aduanas en la que opera" deberá previamente presionar el Botón "Asociar" para incluirla en el recuadro), cliquear en el botón "Asociar" del Recuadro "Domicilios relacionados con la aduana seleccionada" en donde aparecerá el domicilio declarado anteriormente. Deberá tildar el domicilio y presionar el botón "Aceptar" que se encuentra en el margen inferior de la pantalla. Si desea asociar a la misma Aduana un operador distinto, en lugar de seleccionar el botón Aceptar debe repetir la misma operatoria para el otro tipo de operador.

Para visualizar el proceso de declaración de domicilio especial aduanero Ingrese aquí.

  • Fuente: CIT AFIP
12609973 - Evento 2463 - ¿Cuáles son los pasos a seguir para la modificación del Domicilio Especial Aduanero?
Fecha de publicación: 10/03/2010

A los efectos de modificar los datos del Domicilio Especial Aduanero, se deberá previamente desasociar el Domicilio de la Aduana declarada (opción "F 420/R Declaración de Aduanas") y posteriormente dar de baja el domicilio declarado (opción "F 420/D Declaración de Domicilios"). Una vez realizado, se deberá proceder a la registración del domicilio de acuerdo al procedimiento descripto a continuación:

1.- Se deberá ingresar al Servicio Web "Sistema Registral". Al mismo se accederá a través de la página Web de AFIP (www.afip.gob.ar) mediante la utilización de Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3.

2. Ingresar al Servicio "Sistema Registral" y dentro del Menú "Registros Especiales" > "Registro Aduanero" y seleccionar la Opción "F 420/D Declaración de Domicilios".

3.- Seleccionar el vínculo "agregar" y completar los datos del domicilio a declarar requeridos por el sistema (recuerde seleccionar en campo "tipo de domicilio" "Especial Aduana" o "Locales y Establecimientos", según corresponda).

4.- De no detectarse inconvenientes, el sistema emitirá como constancia de la Registración del Domicilio, el Formulario F 420/D, registrando el domicilio con el estado "Declarado por Internet". Caso contrario el sistema arrojará el mensaje de error correspondiente.

5.- Debe asociar el Domicilio Especial Aduanero a la Aduana o las Aduanas a través de las cuales va a operar, ingresando al "Sistema Registral" y dentro del Menú "Registros Especiales" seleccionar la Opción "F 420/R Declaración de Aduanas".

6.- Deberá seleccionar el tipo de Operador, la Aduana en la cual va a operar (de no encontrar la Aduana dentro del recuadro "Aduanas en la que opera" deberá previamente presionar el Botón "Asociar" para incluirla en el recuadro), cliquear en el botón "Asociar" del Recuadro "Domicilios relacionados con la aduana seleccionada" en donde aparecerá el domicilio declarado anteriormente. Deberá tildar el domicilio y presionar el botón "Aceptar" que se encuentra en el margen inferior de la pantalla. Si desea asociar a la misma Aduana un operador distinto, en lugar de seleccionar el botón Aceptar debe repetir la misma operatoria para el otro tipo de operador.

  • Fuente: CIT AFIP
17880826 - ¿Qué sujetos se encuentran alcanzados por el Régimen de Validación Sistémica Permanente?
Fecha de publicación: 22/01/2014

Se establece un - Régimen de Validación Sistémica Permanente - para los siguientes operadores del comercio exterior: importadores, despachantes de aduana y agentes de transporte aduanero.

  • Fuente: Art. 1 RG 3581/14
17882875 - ¿Cuáles son las validaciones sistémicas de permanencia previstas en el régimen?
Fecha de publicación: 22/01/2014

Se validarán - en forma mensual - los registros pertinentes, en función de los siguientes parámetros:

a) No hayan registrado - informáticamente - destinaciones u operaciones aduaneras en los últimos 12 meses.

b) Las personas jurídicas que no hayan cumplido con el régimen de información previsto por la RG 3293/12.

Los sujetos comprendidos en la causal consignada en el inciso a) precedente serán dados de baja en los Registros Especiales Aduaneros.

En cambio, los alcanzados por la causal indicada en el inciso b) anterior serán inhabilitados para operar hasta que regularicen su situación con relación al régimen dispuesto por la RG 3293/12.

  • Fuente: Art. 2 RG 3581/14
17884924 - ¿Qué nivel de seguridad de clave fiscal deberán poseer los despachantes de aduana y agentes de transporte aduanero para la registración de las operaciones a su cargo?
Fecha de publicación: 03/02/2016

A partir del 1 de abril de 2014, inclusive, los despachantes de aduana y agentes de transporte aduanero deberán contar con Clave Fiscal de nivel de seguridad 4 "obtenida de acuerdo con lo establecido en la RG 3713/15".

Podrá conocer los pasos para solicitar la clave fiscal Nivel 4 consultando los ID 2307513 y ID 9335856.

  • Fuente: Art. 3 RG 3581/14